MURCIA.- La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia
de la Región de Murcia (TSJ) ha estimado el recurso que la empresa
Conservas y Frutas, S.A. (Cofrusa), de Mula, presentó contra la resolución del
Tribunal Económico-Administrativo que respaldó una resolución tributaria sobre el IVA.
La sentencia señala que la empresa recurrió la resolución de
la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), en la que en
una liquidación provisional por el citado impuesto correspondiente al
ejercicio 2011 reducía su cuota deducible en 22.400 euros.
Esa reducción, explicaba el acuerdo de la AEAT, se había
efectuado al tener en cuenta las facturas rectificativas emitidas por
empresas proveedoras de Cofrusa.
La Administración, al oponerse a la estimación del recurso,
señaló que la modificación efectuada derivaba de la minoración de la
cuota deducible del IVA soportado "por cuanto determinados proveedores
rectificaron, en tiempo y forma, las facturas emitidas a dicha empresa
al conocer la situación concursal de la misma".
La Sala del TSJ, al estimar en parte el recurso y anular la
resolución recurrida, dice que "las facturas referidas, con 11.000 euros
de cuota del IVA, no son admisibles bajo ningún concepto, por
extemporáneas, por lo que sus importes no deben ser objeto de
regularización".
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