LORCA.- La Junta de Gobierno Local celebrada el 26 de febrero de 2016,
presidida por el alcalde de Lorca, Francisco Jódar, y con el voto
favorable de la concejal de Obras, Eulalia Ibarra, aprobó de forma
ilegal el pago de diversas facturas a la empresa Ibarra Lorca S.L. por
valor de 26.276,65 euros, según C's Lorca.
En este acto administrativo se pudieron
vulnerar varias normas y leyes referentes a los contratos menores, que el concejal
Antonio Meca explica:
"La concejal de obras Eulalia
Ibarra incumplió su obligación de advertir a la Junta de Gobierno Local,
en ese acto, de tener relación de consanguineidad directa (hermana) con
el administrador de la empresa Ibarra Lorca S.L."
Esta obligación
está recogida en el artículo 76 de la Ley 7/1985 de 2 de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local, que dice lo siguiente:
"Los
miembros de las Corporaciones Locales deberán de abstenerse de
participar en la deliberación, votación, decisión y ejecución de todo
asunto cuando concurra alguna de las causas a que se refiere la
legislación de procedimiento administrativo y contratos de las
Administraciones Pública. Las autoridades y el personal al servicio de
las Administraciones en quienes se dé la circunstancia de tener
parentesco de consanguineidad dentro del cuarto grado o de afinidad
dentro del segundo, con cualquiera de los interesados, se abstendrá de
intervenir en el procedimiento y lo comunicarán a su superior
jerárquico, quien resolverá lo procedente".
Además, según el concejal de C's, Eulalia Ibarra no debió estar presente en esa votación ya que la propia Ley establece:
"En
los supuestos en los que algún miembro de la corporación deba
abstenerse de participar en la deliberación y votación, deberá abandonar
el salón mientras se discuta y vote el asunto".
Esta
circunstancia de no estar presente en la sala donde se votaba el pago de
estas facturas a la empresa de su hermano, están basadas en lo
siguiente:
"La sentencia del Tribunal Supremo del 11 de diciembre
de 2008 (rec. Núm.3572/2007) pone claro énfasis en que, más allá de la
existencia de una causa formal de abstención, en el caso concreto de la
participación de un concejal en un acuerdo, ponga o no efectivamente en
riesgo la objetividad e independencia del Ayuntamiento".
El
edil de Ciudadanos indica otras posibles irregularidades: "Ese día
se autorizó el pago de 6 facturas por importe de 26.276,65 euros, con
las siguientes semejanzas:
Un mismo concepto: "Alquiler de grupos electrógenos y gasoil".
Un mismo contratista: "Concejalía de festejos".
Un mismo proveedor: "Ibarra López S.L."
Escasa concreción de los servicios contratados.
Otorgar a dedo a la empresa familiar de la Sra. Ibarra, esos servicios".
Asimismo
se podían haber incumplido los límites que establecen los contratos
menores ya que no se pueden contratar más de 18.000 euros en servicios y
suministros con un mismo proveedor dentro de un mismo ejercicio
"Todas
estas circunstancias se han puesto en conocimiento de los Servicios
Jurídicos y de Intervención de este Ayuntamiento, con el fin de que se
analice la documentación aportada por este Grupo Municipal y puedan ser
aclarados lo antes posible estos hechos".
Todas estas
irregularidades podrían tener como consecuencia la nulidad del acto
administrativo y por tanto la posibilidad de exigir la devolución del
dinero pagado en esas facturas.
Respuesta desde la Alcaldía de Lorca
Respuesta desde la Alcaldía de Lorca
El Ayuntamiento de Lorca ha considerado absurdo que Antonio
Meca critique el trámite de aprobación de facturas ordinaria que se
realiza todos los viernes en las Juntas de Gobierno, puesto que es el
mismo procedimiento que se ha seguido, por ejemplo, para aprobar las
facturas que la empresa del Sr. Meca viene emitiendo al Ayuntamiento por
la prestación de sus servicios.
El Consistorio ha explicado que este señor confunde facturas y contratos, desconoce la ley y los procedimientos administrativos, y oculta que los gastos citados no son de la Concejalía de Obras. Además la jurisprudencia al respecto es tajante. De hecho carece de argumentos y llega a manipular burdamente, sumando importes de facturas distintas para hacer creer que se trata de un contrato único, a pesar de que se le ha explicado en múltiples ocasiones que está equivocado.
Se trata de un capítulo más de su obsesionada campaña de ataque personal y familiar contra la concejal de Obras, contra quien viene lanzando múltiples acusaciones sin haber demostrado ninguna.
El Consistorio ha explicado que este señor confunde facturas y contratos, desconoce la ley y los procedimientos administrativos, y oculta que los gastos citados no son de la Concejalía de Obras. Además la jurisprudencia al respecto es tajante. De hecho carece de argumentos y llega a manipular burdamente, sumando importes de facturas distintas para hacer creer que se trata de un contrato único, a pesar de que se le ha explicado en múltiples ocasiones que está equivocado.
Se trata de un capítulo más de su obsesionada campaña de ataque personal y familiar contra la concejal de Obras, contra quien viene lanzando múltiples acusaciones sin haber demostrado ninguna.
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