sábado, 3 de diciembre de 2016

Una sentencia rechaza que un funcionario de la CARM siga trabajando en Bruselas

MURCIA.- La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) ha desestimado el recurso presentado por un funcionario de la Comunidad Autónoma destinado en Bruselas contra la resolución de la Consejería de Educación y Universidades que no le permitió seguir en el servicio durante el tiempo que había solicitado.

La sentencia del TSJ indica que el demandante, perteneciente al cuerpo de maestros, se encontraba en adscripción temporal en el exterior, en este caso, en la capital comunitaria, dentro de una agrupación cultural.

El nombramiento, según expuso en su reclamación ante la Consejería, se extendía desde el uno de julio de 2013 hasta el 30 de junio de 2015.

Como en cumplimiento de la edad debía jubilarse en 2014, en noviembre de 2013 solicitó una prolongación de la permanencia en el servicio activo.

Sin embargo, la citada Consejería desestimó tal petición a través de una resolución dictada a mediados de noviembre del mismo año, decisión que fue apelada ante el TSJ.

La Sala, al desestimar el recurso, dice que la Comunidad Autónoma, dentro de las medidas de contención del gasto aprobadas en 2012 por la crisis económica por la que atravesaba España, ya adelantó que no se concederían nuevas prolongaciones de permanencia en el servicio activo a los funcionarios.

Y añade que "la situación del recurrente no es un caso excepcional, como se pretende; su condición de funcionario de una determinada administración es la que establece la legislación aplicable".

"Por eso -concluye la Sala- el hecho de que preste servicio con carácter temporal en otra administración no modifica el régimen de jubilación propio de la administración a la que pertenece y que se aplica a todos los funcionarios por igual".

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