MURCIA.- La Audiencia Provincial de Murcia ha dicho a la juez de
Lorca que instruye el caso Auditorio, sobre presunta corrupción
urbanística, que cuando llame a declarar a investigados debe ofrecerles
con anterioridad la información precisa sobre los hechos que les imputa
para que estos no sufran indefensión.
Así se recoge en un auto que da respuesta al recurso de
apelación presentado por la concejal del ayuntamiento de Puerto
Lumbreras, Inmaculada García, uno de los concejales que, en 2008, votó a
favor de la ejecución del proyecto de construcción del Auditorio y que
se encuentra entre los investigados en el caso.
La resolución de la Audiencia, no obstante hacer esa
observación a la magistrada instructora, Consuelo Andreo, desestima el
recurso presentado por García porque considera que a pesar de esa
carencia no sufrió la indefensión que alegó para pedir que se anulara la
providencia por la que fue llamada a declarar.
Afirma también el tribunal que la magistrada desestimó el
recurso de reforma porque consideraba que entre la fecha de la
resolución combatida y la que se fijaba para que prestara declaración
había tiempo suficiente para haber conocido el contenido de la causa,
que estaba a su disposición en el Juzgado.
El auto de la Audiencia hace referencia a resoluciones del
Tribunal Europeo de Derechos Humanos sobre la información a suministrar a
los investigados y a lo que sobre el tema dispone la Ley de
Enjuiciamiento Criminal.
Y añade que "ello supone, en este caso, que la información
sobre los hechos imputados recibida por Inmaculada García no se
corresponde con la exigencia contenida en la Ley".
Al respecto, lo dispuesto por un artículo de la misma en el
que se indica que la información a facilitar a los encausados debe ser
con el grado de detalle suficiente para permitir el ejercicio efectivo
del derecho de defensa.
Señala así mismo el auto que "la Sala no puede dejar de
señalar que, en futuras declaraciones de la recurrente deberá
facilitársele la información fáctica suficiente para que pueda, al
menos, entender y comprender el juicio de subsunción y la trascendencia
jurídico-penal, con el carácter de provisional, que tales hechos están
teniendo para el órgano instructor".
Afirma también que esa suficiencia "se deberá ponderar por
la juez de instrucción dentro del ámbito de sus facultades de
investigación y control constitucional de los derechos en juego".
No obstante estas observaciones, el auto de la Audiencia
Provincial rechaza la apelación planteada por García frente a la
desestimación del recurso de reforma acordada por Andreo porque,
asegura, aquella no sufrió la indefensión que justificaría la nulidad
que reclamó de la providencia por la que fue convocada a declarar.
En el caso Auditorio, que investiga la comisión de presuntos
actos ilegales en torno a la construcción de esta obra, figuran como
imputados una veintena de concejales, altos cargos del ayuntamiento de
Puerto Lumbreras y el arquitecto redactor del proyecto.
Además, se esta pendiente de que la Sala de lo Civil y Penal
del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJ) se
pronuncie respecto a si debe investigar a Pedro Antonio Sánchez,
presidente de la Comunidad Autónoma y único aforado, como le ha
reclamado la magistrada en una exposición motivada hecha pública el
pasado uno de diciembre.
Sánchez era alcalde del citado municipio murciano cuando
ocurrieron los hechos que se investigan y que, según la citada
exposición razonada elevada al TSJ, serían constitutivos de los delitos
de falsedad, prevaricación, malversación de caudales públicos y fraude
contra la Administración Pública.
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