viernes, 13 de enero de 2017

La Audiencia Provincial dice a la juez del 'caso Auditorio' que debe dar más información a los imputados


MURCIA.- La Audiencia Provincial de Murcia ha dicho a la juez de Lorca que instruye el caso Auditorio, sobre presunta corrupción urbanística, que cuando llame a declarar a investigados debe ofrecerles con anterioridad la información precisa sobre los hechos que les imputa para que estos no sufran indefensión.

Así se recoge en un auto que da respuesta al recurso de apelación presentado por la concejal del ayuntamiento de Puerto Lumbreras, Inmaculada García, uno de los concejales que, en 2008, votó a favor de la ejecución del proyecto de construcción del Auditorio y que se encuentra entre los investigados en el caso.
La resolución de la Audiencia, no obstante hacer esa observación a la magistrada instructora, Consuelo Andreo, desestima el recurso presentado por García porque considera que a pesar de esa carencia no sufrió la indefensión que alegó para pedir que se anulara la providencia por la que fue llamada a declarar.
Afirma también el tribunal que la magistrada desestimó el recurso de reforma porque consideraba que entre la fecha de la resolución combatida y la que se fijaba para que prestara declaración había tiempo suficiente para haber conocido el contenido de la causa, que estaba a su disposición en el Juzgado.
El auto de la Audiencia hace referencia a resoluciones del Tribunal Europeo de Derechos Humanos sobre la información a suministrar a los investigados y a lo que sobre el tema dispone la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Y añade que "ello supone, en este caso, que la información sobre los hechos imputados recibida por Inmaculada García no se corresponde con la exigencia contenida en la Ley".
Al respecto, lo dispuesto por un artículo de la misma en el que se indica que la información a facilitar a los encausados debe ser con el grado de detalle suficiente para permitir el ejercicio efectivo del derecho de defensa.
Señala así mismo el auto que "la Sala no puede dejar de señalar que, en futuras declaraciones de la recurrente deberá facilitársele la información fáctica suficiente para que pueda, al menos, entender y comprender el juicio de subsunción y la trascendencia jurídico-penal, con el carácter de provisional, que tales hechos están teniendo para el órgano instructor".
Afirma también que esa suficiencia "se deberá ponderar por la juez de instrucción dentro del ámbito de sus facultades de investigación y control constitucional de los derechos en juego".
No obstante estas observaciones, el auto de la Audiencia Provincial rechaza la apelación planteada por García frente a la desestimación del recurso de reforma acordada por Andreo porque, asegura, aquella no sufrió la indefensión que justificaría la nulidad que reclamó de la providencia por la que fue convocada a declarar.
En el caso Auditorio, que investiga la comisión de presuntos actos ilegales en torno a la construcción de esta obra, figuran como imputados una veintena de concejales, altos cargos del ayuntamiento de Puerto Lumbreras y el arquitecto redactor del proyecto.
Además, se esta pendiente de que la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJ) se pronuncie respecto a si debe investigar a Pedro Antonio Sánchez, presidente de la Comunidad Autónoma y único aforado, como le ha reclamado la magistrada en una exposición motivada hecha pública el pasado uno de diciembre.
Sánchez era alcalde del citado municipio murciano cuando ocurrieron los hechos que se investigan y que, según la citada exposición razonada elevada al TSJ, serían constitutivos de los delitos de falsedad, prevaricación, malversación de caudales públicos y fraude contra la Administración Pública.

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