MURCIA.- La acusación ejercida por Inés Madrigal Pérez pide en sus
conclusiones provisionales trece años de prisión y siete de
inhabilitación como facultativo para el doctor Eduardo Vela que se
sentará en el banquillo en el primer juicio en España por un caso de
bebés robados entre los cuales ella dice encontrarse.
En su escrito Inés Madrigal, presidenta de la asociación SOS
Bebés Robados en Murcia, se considera una bebé robada en 1969 por el
doctor Vela, a quien atribuye los delitos de detención ilegal, falsedad
documental y suposición de parto y alteración del estado o condición del
menor.
El abogado de Inés Madrigal, Guillermo Peña Salsamendi,
solicita al Juzgado de Instrucción número 46 de Madrid la apertura de
juicio oral contra Eduardo Vela, a celebrar en la Audiencia Provincial
madrileña.
En sus conclusiones provisionales relata que el matrimonio
formado por Pablo M.R. e Inés P.P. acudieron al sanatorio San Ramón en
el paseo de la Habana de Madrid el 6 de junio de 1969 en virtud de una
llamada realizada el día anterior por el doctor Vela o por alguien de
dicho centro sanitario en su nombre, invitándoles a recoger a una niña
prematura. Añade que según el doctor había nacido fruto de un embarazo
no deseado.
Explica que el doctor era conocedor de la necesidad de este
matrimonio de adoptar un niño dada la esterilidad de la mujer gracias a
que un sacerdote jesuita le había hablado de esta circunstancia.
La acusación mantiene que el doctor Vela llevó a cabo el
encargo y entregó al matrimonio a la recién nacida y prematura que
resultó ser Inés Madrigal.
Añade que el doctor Vela, firmando un certificado de
asistencia al parto, simuló que Inés P.P. había dado a luz en el
sanatorio referido, del que era director médico, para que el matrimonio
pudiera inscribir a la recién nacida como si fuera su hija biológica.
"En ningún momento el doctor Vela indicó al matrimonio dato alguno sobre la madre biológica", agrega.
El escrito de acusación relata que según se desprende de las
investigaciones y de las declaraciones realizadas en las diligencias,
el doctor Vela recomendó a Inés P.P. que se comportara como si estuviera
embarazada tanto en su forma de proceder como en su aspecto externo
para simular dicha apariencia.
Añade que siguiendo las instrucciones del doctor Vela Pablo
M.R. inscribió a la recién nacida como hija biológica suya y de su mujer
en el Registro Civil del Distrito de Chamartín de Madrid el 7 de junio
de 1969 entregando el certificado falso.
En el mismo se hizo constar que el bebé había nacido a las doce del mediodía del 4 de junio de 1969.
De esta forma no se tramitó ninguna adopción ni consta el
consentimiento de la madre biológica en entregar a su hija en adopción,
apostilla.
Relata que desde el momento en el que fue entregada a Pablo
M.R. y a Inés P.P. convivió con ellos como si fuera su hija bajo dicha
apariencia de estado civil falso hasta el año 2010, cuando la mujer le
confesó que no era su madre biológica.
La acusación alega que al no observar el proceso legal el
acusado y "promotor de este particular sistema de adopción", el doctor
Vela impidió que hoy se tenga acceso a documentación para que la
"adoptada" pudiera conocer sus orígenes biológicos.
Finalmente la acusación señala que no procede efectuar ya
acusación respecto a Inés P.P., pues falleció el pasado 17 de diciembre,
mientras que Pablo M.R. ya había muerto con anterioridad.
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