CARTAGENA.- Una sentencia reciente del Tribunal Constitucional declara
inconstitucionales y nulos los artículos de la Norma Foral de Guipúzcoa
sobre el impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de
Naturaleza Urbana, conocido también como plusvalía municipal.
Según
dicha sentencia, este impuesto, que cobran los ayuntamientos, sólo
debería ser liquidado cuando se generan riquezas reales y no virtuales
para el sujeto pasivo al que además se le impide poder acreditar la
inexistencia de incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana
de la que deriva la tributación.
Ciudadanos señala que la ordenanza municipal de Cartagena esta basada
en los artículos 107 y 110.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5
marzo por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de
las Haciendas Locales, que son idénticos a los artículos de la Norma
Foral de Guipúzcoa y por tanto estos artículos vulneran igualmente la
Constitución, por lo que debemos concluir que nuestra ordenanza también
incumple la Constitución.
Según el portavoz de Ciudadanos en Cartagena, Manuel Padín, "desde
Ciudadanos se considera que este Ayuntamiento no puede permanece al
margen, al contrario, creemos que debe tomar la iniciativa para paliar
los efectos de la normativa actual y evitar, en la medida de sus
posibilidades, que se siga liquidando este impuesto vulnerando la
Constitución y la interpretación que de la misma realiza el Tribunal
Constitucional, ya que de no hacerlo, estaría perjudicando a los vecinos
de Cartagena deliberadamente".
La formación naranja ha registrado hoy una moción para que el
Ayuntamiento de Cartagena arbitre medidas con carácter de urgencia para
que, dentro de las competencias de las administraciones locales y de sus
recursos, logren que se exija el tributo con arreglo a la capacidad
económica real del contribuyente, así como reparar a aquéllos que hayan
hecho frente al gravamen, cuando no tenían obligación.
La propuesta de Ciudadanos no se justifica únicamente por la
sentencia del Tribunal Constitucional, sino también por la reiterada y
consolidada doctrina del Constitucional que establece que "en ningún
caso podrá el legislador establecer un tributo tomando en consideración
actos o hechos que no sean exponentes de una riqueza real o potencial,
o, lo que es lo mismo, en aquellos supuestos en los que la capacidad
económica gravada por el tributo sea, no ya potencial, sino inexistente,
virtual o ficticia".
Para el portavoz de formación naranja, el impuesto municipal de
plusvalía se ha aplicado "sin distinción, de manera indiscriminada,
incluso a las personas que han malvendido un inmueble y han sufrido
pérdidas, incluso en casos desesperados de familias desahuciadas". "Esta
iniciativa se está registrando en todos los Ayuntamientos donde
Ciudadanos tiene representación, y esperamos el apoyo del resto de los
grupos municipales de este Ayuntamiento, y que entiendan como nosotros,
que este impuesto a las pérdidas res confiscatorio e injusto".
Ciudadanos exige en su moción que de oficio y de forma urgente se
analicen todas las plusvalías recaudadas durante los últimos años y que
no hayan prescrito para que se pueda determinar el importe total que, de
acuerdo con la reciente sentencia del Tribunal Constitucional, habría
que devolver a los vecinos de ser declarados nulos e inconstitucionales
los preceptos en los que se basa nuestra ordenanza municipal.
Además, se solicitará que se notifique individualmente a cada vecino
afectado por las liquidaciones anteriores de los pasos que debe seguir
para no perder, por prescripción, el derecho a solicitar la devolución
de dichos importes.
Por otra parte, de forma igualmente urgente y a
través del procedimiento establecido para ello, el Ayuntamiento debe
disponer medios materiales y humanos mediante los cuales los
contribuyentes que no hayan obtenido plusvalías con la transmisión de
inmuebles en Cartagena puedan reclamar las cantidades satisfechas en
concepto de Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de
Naturaleza Urbana.
Otro de los puntos de la moción hace referencia a no poner al cobro,
hasta que no se resuelva esta situación, ninguna plusvalía en las que el
importe de venta sea inferior al de compra. Además se deberá añadir un
nuevo punto al artículo 10 de la Ordenanza reguladora del impuesto que
establezca una nueva bonificación en el sentido de que en ningún caso el
precio de adquisición y la cuota a pagar por este impuesto puede
superar el precio de venta del inmueble, bonificándose el importe que se
exceda.
Por último, la iniciativa registra por Ciudadanos pide que se
requiera al Gobierno de España para que modifique de forma urgente el
artículo 108 del RD 2/2004 e incluya la bonificación anterior.
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