jueves, 16 de marzo de 2017

Pérez-Templado se dispone a desimputar a PAS en base a un dictámen experto / Apunte de Argárico *

El magistrador instructor del TSJ en el 'caso Auditorio', el ciezano Julián Pérez-Templado Jordán, probablemente se dispone a desimputar al presidente de la Comunidad Autónoma de Murcia, el lumbrerense Pedro Antono Sánchez López, en base al dictámen experto de un jubilado catedrático granadino de Derecho Administrativo de la Universidad de Barcelona y ya con 76 años que, teóricamente, desmontaría todas las argumentaciones de la Fiscalía Superior para solicitar el procesamiento de PAS. 

La eventual desimputación se produciría en breve y facilitaría así las cosas a la sesgada Sala de lo Civil y Penal del TSJ, al tiempo que sería la tercera vez que un mismo juez exculpa a este cuestionado dirigente del PP en base a su gestión municipal como alcalde de Puerto Lumbreras.

El catedrático emérito de Derecho Administrativo es Ramón Entrena Cuesta, anteriormente letrado de las Cortes Generales, y su dictámen junto al informe evacuado por el ex decano del Colegio de Arquitectos y certificaciones del secretario del Ayuntamiento de Puerto Lumbreras, conforman el mayor peso de defensa por parte del decano del Colegio de Abogados de Murcia, Francisco Martínez Escribano. Con esa documentación ya en su poder, el magistrado instructor parece tener suficiente base jurídica para justificar la desimputación sin mayor escándalo sobre su impacialidad ni duda de su proceder en base a sus dos polémicos antecedenes con PAS. 

Y es que ese dictámen, al igual que el informe pericial del arquitecto Antonio García Herrero, exculpan la conducta de PAS en el 'caso Auditorio' frente  a la investigación de la Policía Judicial, la Fiscalía del TSJ y la jueza de Lorca, Consuelo Andreo, con todos sus defectos y deficiencias por insuficiencia de formación de todos en estas cuestiones. 

El propio PAS sabe desde hace días que su desimputación está a un paso y por eso mantiene su candidatura a la presidencia del PPRM en el congreso regional de este fín de semana con la presencia prevista de un delegado menor de Génova 13 en espera de que esa desimputación rehabilite políticamente al primer gobernante de la Región, paralizado en las últimas semanas en Murcia sin poder acudir a gestiones de su cargo ante diversas instancias de la Administración central en espera de ver  finalmente en que queda su comprometida situación, que más pronto que tarde pudiera quedar despejada. 

El citado dictámen experto no ve responsabilidad penal en la actuación de PAS en este caso, al argumentar que el Código Penal y la jurisprudencia del Tribunal Supremo dicen que no hay delito sin dolo, sin conciencia y voluntad para realizar los hechos que la integran al no ser PAS ni abogado ni jurista, ni tener conocimientos en materia de contratación pública. (Pero, ¿no dice en su currículo que es licenciado en Ciencias Políticas?).

A juicio de este viejo y prestigioso profesor, que sostiene que PAS no le ha encargado el citado dictámen (?), la actuación administrativa para ser prevaricadora no solo debe ser ilegal, sino también injusta, arbitraria y con pleno conocimiento. Y para que haya fraude se debe dar una especie de concierto de los interesados para defraudar a la Administración en un nivel que no sea una simple irregularidad administrativa. 

En cuanto a la malversación, no consta que alguien se haya metido dinero en el bolsillo. Tampoco hay pruebas de lucro por parte del exalcalde Sánchez ni del resto de investigados. Y en cuanto a la falsedad documental, Ramón Entrena no ha encontrado ningún documento falso. Luego piensa que la exposición razonada de la jueza de Lorca sólo se basa en indicios y que la cuestión que se dirime es puramente administrativa y para nada penal.

No en vano, este catedrático desmonta una a una todas las acusaciones. Sostiene que ni las pruebas aportadas por las acusaciones pública y privada ni los informes periciales establecen la existencia de indicio alguno de un delito de prevaricación. Y sobre la malversación, dice que no se ha pagado un euro de más. 

En ese dictámen, que ya conoce Pérez-Templado, la Sala del TSJ y supongo que las partes,  se aclara la legalidad de todo el proceso de adjudicación y construcción del Auditorio de Puerto Lumbreras con la abundante jurisprudencia aportada por el cátedro,  fundamentalmente dictada por el Tribunal Supremo, según los pasos seguidos por el ex alcalde de Puerto Lumbreras de la mano del procedimiento administrativo convencional para estos casos.

Así, considera que la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Murcia, dictada en mayo de 2012, “deja definitivamente zanjadas prácticamente la casi totalidad de las cuestiones jurídicas y administrativas que plantea la querella de la Fiscalía”. 

“Se observa que la querella de la Fiscalía no tiene rigor en tanto en cuanto lo decisivo y elemental es que las obras a realizar sí se hicieron, es decir, las obras del modificado, que es el documento que sirve de referencia para ello, siendo además lo legal”, sostiene el dictámen.

“Estamos ante un típico caso en que el presupuesto inicial se quedó corto, con lo cual, en vez de aumentar el precio del contrato, se optó por rebajar obra, manteniendo el precio del contrato”, añade.

Y concluye diciendo que “no se ha recibido la obra de forma definitiva, ni se ha emitido el certificado final de obra, ni se ha probado la liquidación del contrato”.


Un catedrático de prestigio


Licenciado en Derecho, con laude, por la Universidad de Madrid, a Rafael Entrena se le concedió el Premio de la Fundación Montalbán de dicha Facultad; el Premio Extraordinario de Licenciatura y el Premio Nacional Fin de Carrera, al mejor expediente académico entre todas las facultades españolas de su rama.

Doctor en Derecho por la Universidad de Bolonia, donde obtuvo el Premio de la Fundación Luigi Rava a la mejor Tesis de Derecho Administrativo, siguió estudios de Diplomatura en Administración Pública en la Universidad de Edimburgo, durante el curso 1956-57, becado por la Steveson Foundation.

Diplomado en Administración Pública por el Instituto de Estudios Políticos, a la edad de 27 años obtuvo por oposición la Cátedra de Derecho Administrativo de la Universidad de La Laguna; y un año después, también por oposición, la de la Facultad de Derecho de la Universidad de Barcelona, que desempeño desde el 1 de marzo de 1962, hasta el 30 de septiembre de 2002, ciudad donde además fue concejal. Es catedrático emérito de la Universidad de Barcelona desde enero de 2003.

Entrena Cuesta ha sido secretario general de la Universidad de Barcelona; vicedecano y decano de la Facultad de Derecho; miembro del Patronato de la Universidad, y de las Comisiones Promotoras de Universidad Autónoma y de la Universidad Ramón Llull.

Ha sido, igualmente, Presidente de la Fundación del Hospital Oncológico de Cataluña así como de la Asociación Española de Ciencias Administrativas, Sección delegada del Instituto Internacional de Ciencias Administrativas, y de la Sección española de la Asociación Hispano-Italiana de Profesores de Derecho Administrativo, y miembro del Consejo Rector de l'Escola d'Administració Pública por designación del Consejo Ejecutivo de la Generalidad de Cataluña. 

También es miembro del Consell Tributari del Ayuntamiento de Barcelona. Miembro del Consell Assessor Universitari de la Universitat Internacional de Catalunya. Miembro del Consejo Asesor del Anuario de Gobierno Local y del Consejo de Redacción o el Consejo así como asesor de diversas revistas cientifícas.

Académico correspondiente de la Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Buenos Aires; de la Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Córdoba (Argentina), y de la Real Academia Sevillana de Legislación y Jurisprudencia, ha representado a España en diversos Congresos Internacionales y ahora es abogado ejerciente del ICAB.

Nacido en Granada en enero de 1941, cursó Derecho en la Facultad de Madrid, licenciándose en 1.963, y consiguiendo el Premio Nacional Calvo Sotelo y el Premio Extraordinario de Licenciatura.  Además ha conseguido otras numerosas condecoraciones y premios como la del "Mérito Civil" y la de "San Raimundo de Peñafort".

Un año más tarde, concretamente en 1.964, ingresó en el Cuerpo Técnico de Administración Civil, prestando servicios en el Ministerio de Industria y también en la Presidencia del Gobierno correspondiente. Desde ese mismo año ha sido profesor en la Cátedra de Derecho Administrativo en la Universidad Complutense de Madrid.


Tres años más tarde, Ramón Entrena Cuesta ingresó en el Cuerpo de Letrado de las Cortes Generales, en el que ha estado adscrito a la Comisión Constitucional del Congreso; a la Comisión del Estatuto de los Diputados y a la Junta Electoral Central.

Otra de las cosas destacables de Ramon Entrena Cuesta, es que ha sido autor de distintas publicaciones sobre temas jurídicos,sobre temas constitucionales y sobre temas administrativos, destacando entre sus publicaciones la de Comentarios a la Constitución (dirigida por Fernando Garrido Falla, 2003) yComentarios a la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (dirigida por Luis Cazorla Prieto, 1.986), además de haber hecho numerosos estudios sobre el recurso contencioso electoral en colaboración con otros autores, y haber sido parte en algunos congresos científicos sobre el ámbito jurídico.


Ramon Entrena Cuesta ha sido también arbitro en comisiones arbitrales y tribunales, y en la actualidad es abogado socio de Estudios Jurídicos y Procesales.

Sus aportaciones al Derecho administrativo se consideran de referencia en la materia.


(*) Pseudónimo de un veterano periodista murciano afincado fuera de la Región 

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