martes, 6 de junio de 2017

El TSJ procesa finalmente a Pedro Antonio Sánchez por el 'caso Púnica' con los argumentos del juez Velasco

MURCIA.- El magistrado del TSJ de Murcia Enrique Quiñonero, en un auto notificado solo unas horas después de tomar declaración a Pedro Antonio Sánchez, acuerda la conclusión de las diligencias previas del conocido como caso Púnica en relación al expresidente y a David Conesa, un miembro de su gabinete cuando era consejero de Educación. La resolución es recurrible en el plazo de tres días.

El instructor, a la vista de las actuaciones remitidas por la Audiencia Nacional, y una vez oída la declaración de Sánchez, estima que se han practicado las diligencias "necesarias y suficientes para determinar la naturaleza y el grado de participación en los mismos de los investigados" y ordena la continuación del proceso por los trámites del procedimiento abreviado.
El auto de Quiñonero señala que "una vez valorada de forma conjunta las transcripciones telefónicas, los datos de geolocalización de los terminales, el material intervenido y las manifestaciones de las distintas personas que han prestado declaración a lo largo de la instrucción, el auto sintetiza en tres párrafos como hechos punibles los siguientes:
Los contactos del que fuera consejero de Educación y un miembro de su gabinete con personas relacionadas con dos empresas para mejorar la imagen pública de Pedro Antonio Sánchez; las condiciones negociadas y el acuerdo de sufragarlas con el desvío de fondos públicos destinados a formación; y que la operación policial del finales de octubre de 2014 impidieron que los trabajos reputacionales no se efectuaran, los contratos no se formalizaran y las sumas no llegaran a cobrarse".
El juez estima que de estos hechos "aparecen presuntamente como responsables" los investigados y, que según recoge la fundamentación de la resolución, podrían ser constitutivos de delitos contra la Administración Pública.
Tras esta resolución, una vez firme, el Ministerio Fiscal y las demás acusaciones personadas tendrán 10 días para formular escrito de acusación solicitando la apertura de juicio oral o el sobreseimiento de la causa, "sin perjuicio de que excepcionalmente puedan solicitar la práctica de diligencias complementarias que consideren indispensables para formular acusación", concluye la parte dispositiva del auto.

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