YECLA.- El Tribunal Supremo avala en recientes sentencias que los
ayuntamientos graven a las empresas eléctricas y de gas por la
utilización del dominio público de sus instalaciones de transporte de
energía con un cálculo que sobrepasa el valor catastral de los terrenos y
que incluye su utilidad.
Así lo ha establecido en cinco sentencias que
sientan doctrina en un largo enfrentamiento entre los municipios y las
compañías, que se negaban a pagar estas tasas. Estos fallos, contrarios a
empresas del sector eléctrico son muy relevantes para muchos municipios
y pueden serlo todavía más para algunos como el nuestro.
En resumen, el Alto Tribunal acepta que los ayuntamientos valoren
como construcciones las líneas eléctricas de alta tensión y las
canalizaciones de gas a efectos del cálculo de la base imponible de la
tasa por utilización del dominio público local.
En contra del criterio
de las empresas, el Supremo valida este gravamen, que se fija tomando
como referencia el valor que tendría en el mercado la utilidad derivada
de dicha utilización o aprovechamiento si los bienes afectados no fuesen
de dominio público.
El cálculo de las tarifas de la tasa se realiza de
acuerdo con un estudio técnico-económico que se sustenta en un informe
tipo realizado para la Federación Española de Municipios y Provincias
(FEMP).
"Ante la posibilidad de poder establecer estas tasas y al amparo de lo
previsto en la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, los
Ayuntamientos tienen potestad, por tanto, para establecer tasas por la
utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público
local, desarrollando las correspondientes Ordenanzas Reguladoras.
Distintos Ayuntamientos han comenzado a realizar estudios para poder
poner en marcha dicha ordenanza. La Ley Reguladora de Haciendas Locales
(2004) establece que las empresas eléctricas, de gas, agua e
hidrocarburos deben pagar a los municipios a los que suministran por
aire, suelo o subsuelo un 1,5% de su facturación en el término local,
pero por otro lado, también establece como hecho imponible la ocupación
de las instalaciones que atraviesan los municipios para transporte de
dichos servicios, aunque no les suministren. Esto podría suponer unos
ingresos que podrían ir en beneficio de todos los vecinos de nuestro
municipio", dice IU-V de Yecla en un comunicado.
"Y es que en el término municipal de Yecla existen diversas líneas de
transporte de electricidad con distinta tensión a las que se le podría
aplicar dicha tasa por el uso de dominio público, pero para ello
necesitamos que se realicen unos trabajos previos para elaborar esta
ordenanza fiscal con garantías de poderse utilizar y saber si finalmente
es posible aplicar esta tasa.
Por todo esto, desde el GM de Izquierda Unida-Verdes proponemos al
pleno que el Ayuntamiento recopile la información necesaria para poder
poner en marcha un listado de las líneas de transporte de energía
eléctrica susceptibles de que se les aplique esta tasa. Asimismo, es
importante que tanto los funcionarios municipales como los asesores
legales de los que disponga el Ayuntamiento recopilen las ordenanzas
fiscales reguladoras de esta tasa por utilización privativa del dominio
público local que estén acordes con las sentencias favorables
anteriormente citadas, realizadas por otros municipios para poder
elaborar una propia con el fin de aplicar esta tasa a las empresas de
electricidad, gas e hidrocarburos que operan en nuestra ciudad", concluye.
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